Con relación a las jornadas de conducción. Marque la alternativa correcta:
- A No debe exceder las cinco (5) horas de conducción continuas en el servicio diurno, ni las cuatro (4) horas en el servicio nocturno. ✓ Respuesta correcta
- B No debe exceder las cuatro (4) horas de conducción continuas en el servicio diurno, ni las cuatro (5) horas en el servicio nocturno.
- C No debe exceder las cinco (5) horas de conducción continuas en el servicio diurno, ni las cuatro (4.5) horas en el servicio nocturno.
- D No debe exceder las cuatro (4) horas de conducción continuas en el servicio diurno, ni las tres (3) horas en el servicio nocturno.
Explicación
Numeral 30.2 del artículo 30 del RENAT
Base legal: Reglamento Nacional de Administración de Transporte , Artículo 30, numeral 30.2
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