Los vehículos deben ser conducidos con:
- A Puertas y capot cerrados, permitiéndose la maletera entreabierta para casos especiales.
- B Puertas, capot y maletera cerrados. ✓ Respuesta correcta
- C Puertas, capot y maletera cerrados, salvo autorización especial.
- D Capot y maletera cerrados, permitiéndose dos puertas entreabiertas para casos especiales.
Explicación
Los vehículos deben circular con las puertas, el capot y la maletera cerrados, para no comprometer la seguridad.
Base legal: Texto Único Ordenado del Reglamento Nacional de Tránsito · Código de Tránsito
Aparece en el examen de estas categorías: